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ESTATUTO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS

DEL COLEGIO POLIVALENTE SAN AGUSTÍN DE EL

BOSQUE.

 

TITULO PRIMERO.

DEFINICIONES, FINES Y FUNCIONES

 

Artículo 1°- El Centro General de Padres y Apoderados del Colegio Polivalente San Agustín de El Bosque corresponde a la organización de los apoderados titulares del Colegio, cuyo objeto es aportar positivamente en el desarrollo educativo de los alumnos mediante la implementación de proyectos que contribuyan a apoyar y colaborar con la Dirección del establecimiento, para lo cual enmarcará sus acciones en el Proyecto Educativo Institucional y constituyéndose como una vía de comunicación y apoyo de las familias con el Colegio.

 

Artículo 2°- El domicilio del Centro de Padres y Apoderados del Colegio Polivalente San Agustín de El Bosque corresponderá a las instalaciones que la Dirección del Establecimiento determine dentro del inmueble ubicado en Avenida Central Nº 555, comuna de El Bosque, Región Metropolitana de Santiago. Su constitución jurídica se realiza al amparo de lo dispuesto en el Decreto Nº 565 del

Ministerio de Educación de fecha 8 de noviembre de 1990.

 

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